Alimentos dietéticos o de
régimen
Son los alimentos elaborados
según fórmulas autorizadas, adecuados a satisfacer necesidades nutritivas
especiales del hombre.
Ejemplos:
●
Pan sin gluten para personas con
este tipo de intolerancia.
●
Leche en polvo para alimentación
de lactantes.
Alimentos sucedáneos
Tendrá esta consideración todo
producto que, sin fines engañosos o fraudulentos y con expresa declaración de
la finalidad perseguida, pretenda sustituir en todo o en parte a un alimento.
Ejemplos:
●
La stevia como endulzante
sustituto del azúcar.
●
El café de malta, que no aporta
cafeína y se obtiene a partir del grano de cebada germinado, secado y tostado.
Alimentos fundamentales
Son los que constituyen una
proporción importante de la ración alimenticia habitual en las distintas
regiones españolas.
Ejemplos:
●
Leche, fuente de calcio y otros
nutrientes.
●
Pescado, dado su contenido en
proteínas y por el tipo de grasas que presenta.
Alimentos perecederos
Son los que, por sus
características, exigen condiciones especiales de conservación en sus periodos
de almacenamiento y transporte.
Ejemplos:
●
Fruta
●
Yogures
Alimento impropio
Tendrá la consideración de
alimento impropio cualquier materia natural o elaborada en la que concurra
alguna de las siguientes circunstancias:
a) No estar comprendida en los
hábitos alimentarios españoles, aunque el producto de que se trate tenga poder
nutritivo. Se presumirá habitualidad alimentaria para cualquier producto que no
sea de usual utilización, en cuanto que su consumo sea debidamente autorizado.
b) Cuando, aun siendo alimento
o materia comprendido en los hábitos alimenticios españoles, no se haya
completado su proceso normal de maduración o elaboración, o lo haya sido
mediante algún procedimiento no autorizado.
Ejemplos
(vía Scientiablog):
● Vino de serpiente, que al parecer
se elabora en una aldea vietnamita y se le atribuyen supuestos beneficios para
la salud y efectos afrodisíacos.
●
Cuy, ratón asado de Perú.
Alimentos adulterado
Tendrá la consideración de
adulterado todo alimento al que se haya adicionado o sustraído cualquier
sustancia para variar su composición, peso o volumen, con fines fraudulentos o
para encubrir o corregir cualquier defecto debido a ser de inferior calidad o a
tener ésta alterada.
Ejemplos:
●
Zumos con ausencia de ciertas
frutas que, sin embargo, sí aparecen en el envase.
●
“Aceite de oliva” mezclado con
otros aceites más baratos.
Alimentos falsificado
Tendrá la consideración de
falsificado todo alimento en el que se haga concurrir alguna de las siguientes
circunstancias:
a) Que haya sido preparado o
rotulado para simular otro conocido.
b) Que su composición real no
corresponda a la declarada y comercialmente anunciada.
c) Cualquier otra capaz de
inducir a error al consumidor.
Ejemplos
(vía El País):
En
2017 se incautaron 9800 toneladas de productos falsificados en una operación
internacional:
●
“Una empresa en Huelva que
utilizaban etiquetas falsas de un centro de tratamiento autorizado para
purificar almejas”.
●
“En la zona de Lacio, fueron
retiradas más de 266.000 botellas de agua mineral que imitaban a una marca
registrada. Incluso el agua provenía de la misma fuente y se utilizaban
botellas y etiquetas similares, pero se comercializaban sin autorización y sin
cumplir las normas sanitarias.”
Alimentos alterados
Tendrá la consideración de
alterado todo alimento que durante su obtención, preparación, manipulación,
almacenamiento o tenencia, y por causas no provocadas deliberadamente, haya
sufrido tales variaciones en sus caracteres organolépticos, composición química
o valor nutritivo, que su aptitud para la alimentación haya quedado anulada o
sensiblemente disminuida, aunque se mantenga inocuo.
Ejemplos:
●
Galletas húmedas o reblandecidas.
●
Pan de molde aplastado, por lo que
su apariencia ha cambiado.
Alimentos contaminados
Tendrá la consideración de
contaminado todo alimento que contenga gérmenes patógenos, sustancias químicas
o radiactivas, toxinas o parásitos capaces de producir o transmitir
enfermedades al hombre o a los animales.
No será obstáculo a tal
consideración, la circunstancia de que la ingestión de tales alimentos no
provoque trastornos orgánicos en quienes los hubieran consumido.
Ejemplos:
● Mayonesa con Salmonella, que puede
producir una intoxicación por salmonelosis.
● Recientemente se produjo un brote
de listeriosis relacionado con el consumo de carne mechada.
Alimentos nocivo
Tendrá la consideración de
nocivo todo alimento:
a) Cuando utilizado con
criterio de normal prudencia, y conforme a las prescripciones de su preparación
y empleo o en cualquier forma que se ajuste a prácticas de elemental previsión,
produzca efectos perjudiciales en el consumidor.
b) Cuando aun no siendo
perjudicial a su inmediato consumo se pueda prever que su ingestión repetida
entraña peligro para la salud, sin que ello obedezca a uso inmoderado o
inoportuno, o a consumo irreflexivo del mismo.
c) Cuando su contenido en
microorganismos o materias extrañas sea superior a los límites permitidos para
las diferentes clases de alimentos.
d) Cuando aun no siendo nocivo
para el consumidor medio, lo es o pueda serlo para un grupo determinado de
consumidores (lactantes, embarazadas, diabéticos, etc.) al que va
específicamente destinado.
Ejemplos:
● Las bebidas energéticas, con un
alto contenido en cafeína y azúcar, muy dirigidas a consumidores jóvenes.
●
Las bebidas alcohólicas, que son
legales pero producen efectos perjudiciales en la salud.
Referencias
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